Emmaus International

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Votaciones

¿Quién puede votar?  ▼

Cada grupo miembro de Emaús Internacional que esté al día del pago de sus cuotas desde 2007 podrá votar en la Asamblea Mundial, de acuerdo con el principio un grupo = un voto.

> Si mi grupo envía representantes a Jesolo, uno de ellos podrá votar en nombre del grupo. Deberá, para ello, contar con un poder por escrito, firmado por el/la presidente de su grupo. Los poderes deben enviarse a la Secretaría Internacional de Emaús antes del 18 de marzo de 2016.

> Si mi grupo no envía representantes a Jesolo, podrá delegar su voto en otro grupo para que éste vote en su nombre, o firmar una delegación en blanco. Las delegaciones de voto deberán enviarse a la Secretaría Internacional de Emaús antes del 18 de marzo de 2016.

Recordatorio sobre el funcionamiento de poderes y delegaciones de voto:
El poder da derecho al primer representante elegido por una organización a representarla en la Asamblea y a votar en su nombre.
La delegación de voto permite que un grupo que no pueda enviar a un representante a la Asamblea solicite a otra organización que la represente y vote en su nombre.
> Si mi grupo envía a un representante a la Asamblea Mundial: debo rellenar los dos poderes (AG y AGE)
> Si mi grupo no puede enviar a un representante a la Asamblea Mundial: debo rellenar las dos delegaciones de voto (AG y AGE)

Los modelos de poderes y delegaciones de voto que hay que rellenar se encuentran en la Intranet, en el apartado "Poder y delegación de voto".

No puedo pagar mi cuota. ¿Qué puedo hacer? ▼

Puedo solicitar una dispensa

Toda solicitud de dispensa por impago de las cuotas deberá enviarse lo antes posible (antes del 2 de noviembre) a la Secretaría Internacional de Emaús y justificarse mediante los siguientes elementos:
•    Estados financieros anuales para cada año cuya cuota se deba.
•    Explicación detallada del impago.

Las decisiones relativas a estas dispensas (solicitud de exoneración parcial o total, prorrogar la fecha de vencimiento) se tomarán en el próximo Consejo de Administración, que tendrá lugar del 14 al 16 de diciembre de 2015. Debido a los plazos de traducción y de envío a los miembros del Consejo de Administración, toda solicitud de dispensa deberá enviarse a la sede de Emaús Internacional antes del 2 de noviembre de 2015.

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Los grupos que deseen solicitar una dispensa deberán ponerse en contacto urgentemente con la Secretaría Internacional de Emaús.
Contacto : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., +33 (0)1  41 58 25 58

¿Dónde puedo encontrar los documentos para votar que hay que enviar a la Secretaría Internacional de Emaús? ▼

Todos los documentos necesarios para poder votar en la Asamblea Mundial están disponibles en la Intranet, en el apartado "Poder y delegación de voto".

¿Mi grupo puede votar si no cuenta con ningún representante en la Asamblea Mundial? ▼

Sí, mi grupo puede votar si está al día del pago de sus cuotas desde 2007, otorgando la delegación de voto a otra organización o grupo para que lo represente y vote en su nombre. En el caso de que se trate de una delegación en blanco, el presidente de Emaús Internacional elegirá al grupo que votará en su nombre.

Por razones prácticas y logísticas, las delegaciones de voto deberán enviarse lo antes posible a la sede de Emaús Internacional, antes del 18 de marzo de 2016.

¿Quién puede ser depositario de una delegación de voto?  ▼

Cualquier representante de una organización que asista a la Asamblea Mundial podrá ser depositario de una delegación. Cada organización puede ser depositaria de un máximo de dos delegaciones.

Se recomienda encarecidamente ponerse en contacto con antelación con el grupo en el que se desea delegar el voto para asegurarse de que no ha alcanzado el límite de dos delegaciones.

 
 
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